¿Cómo obtener un poder notarial? ¿Será válido mi poder en el extranjero?
Tanto si eres español como extranjero puedes acudir a un Notario para redactar un poder. Los poderes notariales españoles son reconocidos en el extranjero siempre que se legalice o apostille. Primero tienes que apostillar el documento si el país es firmante del Convenio de la Haya, en este post de nuestro blog puedes obtener más información sobre la Apostilla de la Haya y los países firmantes de dicho convenio https://www.traductorjurado.org/que-es-apostillar-documento/ y luego realizar la traducción jurada del poder notarial. Si eres español y resides en el extranjero o si eres extranjero y resides en España puedes llamar al Consulado de tu país, en la mayoría de los consulados se pueden otorgar documentos notariales ante el Cónsul.¿Quién puede otorgar un poder?
Cualquier persona mayor de edad, en plena posesión de sus facultades mentales. Solo necesitarás acudir al notario elegido con tu documentación acreditativa en vigor (DNI, NIE, pasaporte, etc.)¿Cuántos tipos de poderes existen?
Un poder es como un “traje a medida”, existen tantos tipos de poderes como actos o negocios jurídicos admiten la figura de representación. Todos los poderes requieren un “tratamiento especializado”, es conveniente que le expliques al notario por qué y para qué deseas realizar el poder, así podrá asesorarte de forma imparcial lo que mejor se ajusta a tus necesidades, siempre y cuando éstas estén de acuerdo con la ley. No obstante, los poderes se pueden clasificar en generales y especiales:- Poderes generales: con este poder facultas a tu representante legal para actuar en todos o en algunos ámbitos, con carácter general, que deberán quedar especificados en el poder.
- Poderes para pleitos: facultan a un abogado o procurador a personarse en un pleito en nombre de su cliente.
- Poderes preventivos: atienden a la necesidad de designar a una persona para manifestar la voluntad de un individuo cuando éste ya no sea capaz de hacerlo por sí mismo.
- Poderes especiales: facultan a una persona para llevar a cabo actos concretos en nombre de otra.
